Artículo 5.259.- El usufructuario de árboles frutales está obligado a la replantación.
Usufructo a título gratuito
TITULO SEPTIMO Del Usufructo · CAPITULO III De las Obligaciones del Usufructuario
Artículo 5.259.- El usufructuario de árboles frutales está obligado a la replantación.
Usufructo a título gratuito
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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