Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.28

TITULO SEGUNDO Clasificación de los Bienes · CAPITULO V De los Bienes Vacantes

Artículo 5.28.- Es poseedor de un bien el que ejerce sobre él un poder de hecho. Posee un derecho el que lo goza.

Posesión originaria o derivada

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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