Artículo 5.284.- El uso da derecho para percibir de los frutos de un bien ajeno, que basten a las necesidades del usuario y su familia.
Concepto del derecho real de habitación
TITULO SEPTIMO Del Usufructo · CAPITULO IV De la Extinción del Usufructo
Artículo 5.284.- El uso da derecho para percibir de los frutos de un bien ajeno, que basten a las necesidades del usuario y su familia.
Concepto del derecho real de habitación
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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