Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.284

TITULO SEPTIMO Del Usufructo · CAPITULO IV De la Extinción del Usufructo

Artículo 5.284.- El uso da derecho para percibir de los frutos de un bien ajeno, que basten a las necesidades del usuario y su familia.

Concepto del derecho real de habitación

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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