Artículo 5.49.- El poseedor a que se refiere el artículo anterior, tiene derecho a que se le reembolsen los gastos necesarios.
Derechos del poseedor por mas de un año de mala fe
TITULO TERCERO De la Posesión
Artículo 5.49.- El poseedor a que se refiere el artículo anterior, tiene derecho a que se le reembolsen los gastos necesarios.
Derechos del poseedor por mas de un año de mala fe
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.