Artículo 5.53.- Las mejoras voluntarias no son abonables a ningún poseedor, pero el de buena fe puede retirarlas conforme a este Código.
Los frutos naturales, industriales y civiles
TITULO TERCERO De la Posesión
Artículo 5.53.- Las mejoras voluntarias no son abonables a ningún poseedor, pero el de buena fe puede retirarlas conforme a este Código.
Los frutos naturales, industriales y civiles
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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