Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.55

TITULO TERCERO De la Posesión

Artículo 5.55.- Son gastos necesarios los que están prescritos por la ley, y aquellos sin los que el bien se pierda o deteriore.

Gastos útiles

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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