Artículo 6.102.- El substituto del substituto, faltando éste, lo es del substituido.
Forma en que heredan los substitutos
TITULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VIII De las Substituciones
Artículo 6.102.- El substituto del substituto, faltando éste, lo es del substituido.
Forma en que heredan los substitutos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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