Artículo 6.273. - Concluido y aprobado el inventario y avalúo, el albacea procederá a la liquidación de la herencia.
Deudas primeras en pagarse
TITULO QUINTO Disposiciones Comunes a las Sucesiones · CAPITULO IV De los Albaceas e Interventores
Artículo 6.273. - Concluido y aprobado el inventario y avalúo, el albacea procederá a la liquidación de la herencia.
Deudas primeras en pagarse
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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