Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.101

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO X De la Interpretación de los Contratos

Artículo 7.101.- Si las dudas recaen sobre el objeto principal del contrato, de manera que no pueda saberse cuál fue la intención o la voluntad de los contratantes, el contrato será nulo.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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