Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.1041

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO III De los Efectos de la Fianza entre

Artículo 7.1041.- Si la deuda fuere a plazo o bajo condición, y el fiador la pagare antes de aquél o que ésta se cumpla, no podrá cobrarla del deudor sino cuando fuere legalmente exigible.

Derechos del fiador contra el deudor

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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