Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.1058

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO V De la Extinción de la Fianza

Artículo 7.1058.- En los casos en que la obligación principal sea por tiempo indefinido, el fiador responderá solamente por un plazo máximo de dos años, salvo pacto en contrario.

Derecho del fiador sobre deuda exigible

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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