Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.248

TITULO SEPTIMO De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO IV De las Obligaciones Mancomunadas

Artículo 7.248.- La solidaridad no da a la obligación el carácter de indivisible; ni la indivisibilidad de la obligación la hace solidaria.

Obligaciones divisibles e indivisibles con pluralidad de acreedores y deudores

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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