Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.259

TITULO SEPTIMO De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO V De las Obligaciones de Dar

Artículo 7.259.- En las enajenaciones de bienes ciertos y determinados, la traslación de la propiedad se verifica entre los contratantes, por mero efecto del contrato, sin dependencia de tradición, ya sea natural, o simbólica.

Transferencia de la propiedad

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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