Artículo 7.517.- Los acreedores que obtuvieren la separación de bienes no podrán entrar al concurso del heredero, aunque aquellos no alcancen a cubrir sus créditos.
Artículo 7.517
TITULO UNICO De la Concurrencia y Prelación · CAPITULO II De los Créditos Hipotecarios, Pignoraticios
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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