Artículo 7.526. - Para que la promesa de contratar sea válida debe constar por escrito; en caso de que el contrato futuro recaiga sobre bienes inmuebles deberán ratificarse las firmas ante notario público. Elementos característicos
Artículo 7.526
TITULO UNICO De la Concurrencia y Prelación · CAPITULO VII Acreedores de Cuarta Clase
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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