Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.60

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO V Vicios del Consentimiento

Artículo 7.60. - Hay violencia cuando se emplea fuerza física o moral con amenaza de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, concubino, ascendientes, descendientes y parientes colaterales dentro del segundo grado y por afinidad en primer grado.

Temor reverencial

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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