Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.64

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO V Vicios del Consentimiento

Artículo 7.64.- La ratificación del acto afectado de invalidez por violencia, dolo o mala fe, extingue la acción de nulidad.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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