Artículo 7.722.- El contrato de comodato debe celebrarse por escrito.
Comodato sobre bienes consumibles
TITULO SEXTO Del Arrendamiento · CAPITULO VIII De la Terminación del Contrato
Artículo 7.722.- El contrato de comodato debe celebrarse por escrito.
Comodato sobre bienes consumibles
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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