Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.78

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO VII De la Forma de los Contratos

Artículo 7.78.- Es contrato oneroso aquél en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos; y gratuito aquél en que el provecho es solamente de una de las partes.

Contrato oneroso y aleatorio

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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