Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.801

TITULO NOVENO Del Mandato · CAPITULO IV De las Obligaciones y Derechos del Mandante

Artículo 7.801.- Los actos que el mandatario practique a nombre del mandante, excediendo los límites expresos del mandato, serán nulos, con relación al mandante, si no los ratifica.

Tercero que conoce los límites del mandato

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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