Artículo 7.82.- La nulidad del contrato produce la de la cláusula penal, pero la de ésta no acarrea la de aquél.
Validez de la cláusula penal
TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO IX De las Cláusulas que pueden
Artículo 7.82.- La nulidad del contrato produce la de la cláusula penal, pero la de ésta no acarrea la de aquél.
Validez de la cláusula penal
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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