Artículo 7.899.- El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos.
Aviso de separación
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I De las Asociaciones
Artículo 7.899.- El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos.
Aviso de separación
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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