Artículo 7.902.- Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluidos, perderán todo derecho al haber social.
Derecho de vigilar el destino de las cuotas
Artícu lo 7.903.- Los asociados tienen el derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación, con ese objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás documentación.
El derecho de asociado es intransferible