Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.941

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II De las Sociedades

Artículo 7.941.- Cuando la sociedad se ponga en liquidación, deben agregarse a su razón social las palabras “en liquidación”.

Liquidador de la sociedad

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.