Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.979

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I Del Juego y de la Apuesta

Artículo 7.979.- Contrato de apuesta es aquél por el cual dos o más personas que son de opinión contraria, sobre cualquier materia, convienen en que aquélla cuya opinión resulte fundada, recibirá de la otra una suma de dinero, o cualquier otro beneficio, siempre que la misma no sea contraria a la ley o las buenas costumbres. Juego o apuesta que producen obligación

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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