Artículo 7.981.- La acción para exigir lo que se gana en un juego o apuesta prescribe a los treinta días.
Monto del patrimonio afectable en juego o apuesta
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I Del Juego y de la Apuesta
Artículo 7.981.- La acción para exigir lo que se gana en un juego o apuesta prescribe a los treinta días.
Monto del patrimonio afectable en juego o apuesta
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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