Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 1606

TITULO PRIMERO De las fuentes de las obligaciones

Artículo 1606.- La propuesta se considerará como no aceptada, si a quien se hace la modifica en cualquier sentido. En este caso la respuesta se considerará como una propuesta, que se regirá por los artículos anteriores.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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