Artículo 1652.- Si alguna cláusula admitiese más de un sentido deberá entenderse en el más adecuado para que produzca efectos previstos.
Las palabras que puedan tener distintas acepciones serán entendidas en aquéllas que sean más conforme a la naturaleza y objeto del negocio.
El uso o la costumbre del lugar se tomará en cuenta para interpretar las ambigüedades.