Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 2539

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios profesionales

Artículo 2539.- Todo el riesgo de la obra correrá a cargo del empresario hasta el acto de la entrega de la misma, a no ser que hubiere mora por parte del dueño en recibirla, o convenio expreso en contrario.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.