Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 2716

TITULO DECIMO

Artículo 2716.- El derecho que da la prenda al acreedor se extenderá a todos los accesorios del bien y a todas sus accesiones.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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