Artículo 363.- SE DEROGA
ARTÍCULO 363 Y EL PRIMER PÁRRAFO DEL
TITULO SEXTO De las actas del estado civil
Artículo 363.- SE DEROGA
ARTÍCULO 363 Y EL PRIMER PÁRRAFO DEL
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.
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