Artículo 846.- El dueño del terreno en que se haya edificado con mala fe, podrá pedir la demolición de la obra y la reposición de los bienes a su estado primitivo, a costa de la persona que edificó.
Artículo 846
TITULO TERCERO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.
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