Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 1595

TÍTULO CUARTO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 1595. Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los gastos serán de cuenta del acreedor.

INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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