Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 1825

TÍTULO TERCERO DE LA PERMUTA

Artículo 1825. Lo dispuesto en el artículo anterior, no perjudica los derechos que a título oneroso haya adquirido un tercero de buena fe sobre la cosa que reclama el que sufrió la evicción.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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