Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 2593

TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO

Artículo 2593. En los casos del artículo anterior la herencia pertenece a los herederos legítimos del testador, a no ser que éste haya dispuesto otra cosa o que deba tener lugar el derecho de acrecer.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.