Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 621

TÍTULO NOVENO DE LA TUTELA

Artículo 621. El nombramiento de árbitros hecho por el tutor debe sujetarse a la aprobación del Juez.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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