Artículo 14.- Los bienes inmuebles ubicados en el Estado de Hidalgo y los bienes muebles que en él se encuentren, se regirán por las disposiciones de éste Código, salvo lo dispuesto por leyes federales.
Artículo 14
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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