Artículo 2331.- Si el que hace donación general de todos sus bienes, se reserva algunos para testar, sin otra declaración, se entenderá reservada la mitad de los bienes donados.
Artículo 2331
TITULO CUARTO DE LAS DONACIONES · CAPITULO I De las donaciones en general
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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