Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 24

TITULO PRIMERO De las Personas Físicas 3

Artículo 24.- El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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