Artículo 2420.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores no es renunciable.
Artículo 2420
TITULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO III De los derechos y obligaciones del arrendatario
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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