Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 2543

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO I

Artículo 2543.- El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en los tres primeros párrafos del artículo 2544. Cualquiera otro mandato tendrá el carácter de especial.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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