Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 2591

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO VI De los diversos modos de terminar el mandato

Artículo 2591.- En el caso del artículo anterior, tiene derecho el mandatario para pedir al Juez que señale un término corto a los herederos a fin de que se presenten a encargarse de sus negocios.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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