Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 2719

TITULO DECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO IV De la disolución de las sociedades

Artículo 2719.- Disuelta la sociedad, se pondrá inmediatamente en liquidación, la cual se practicará dentro del plazo de seis meses, salvo pacto en contrario.

Cuando la sociedad se ponga en liquidación, deben agregarse a su nombre las palabras: "en liquidación".

Lo dispuesto en este capítulo quinto no será aplicable cuando la liquidación de la sociedad se realice conforme al procedimiento del artículo 2731 SEPTIES de este Código.

Párrafo adicionado P.O. Alcance dos del 28 de julio de 2022.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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