Artículo 1264 .- Para la validez de un contrato se requiere:
I. Consentimiento; y
II. Objeto que pueda ser materia de contrato.
TÍTULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1264 .- Para la validez de un contrato se requiere:
I. Consentimiento; y
II. Objeto que pueda ser materia de contrato.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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