Artículo 1338 .- En los contratos se pueden hacer estipulaciones en favor de tercero, de acuerdo con los siguientes Artículos.
Artículo 1338
TÍTULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPÍTULO III De la declaración unilateral de la voluntad
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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