Artículo 199 .- El patronato de las fundaciones será el órgano de gobierno de las mismas y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos de sus integrantes, y en caso de empate el presidente del patronato tendrá voto de calidad.
Artículo 199
TÍTULO TERCERO De las Personas Jurídicas · CAPÍTULO III De las Fundaciones
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.