Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2272

TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO I Del contrato de prestación de servicios

Artículo 2272.- Cuando los clientes son varios y encomendaron uno o varios negocios o trabajos en forma conjunta, serán solidariamente responsables de los honorarios, gastos y expensas que haya realizado el prestador del servicio.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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