Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2532

TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO I De la hipoteca en general

Artículo 2532 .- El propietario cuyo derecho sea condicional, o de cualquiera otra manera limitado, deberá declarar en el contrato, la naturaleza de su derecho, si la conoce.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.