Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2625

TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO III De las obligaciones de los compromitentes

Artículo 2625 .- Por arbitraje de estricto derecho se entiende aquél que se resuelve conforme a las reglas de derecho positivo de manera estricta, aunque modificando los términos para finalizar y dictar el laudo arbitral en el plazo fijado en el contrato.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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