Artículo 2710.- En los tres casos señalados en el artículo anterior, se cumplirán las demás disposiciones testamentarias que estuvieren hechas conforme a las leyes.
Artículo 2710
TÍTULO SEGUNDO De la sucesión por testamento · CAPÍTULO IV De los testamentos inoficiosos
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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